El cigarrillo electrónico debe ser regulado bajo el mismo estándar del cigarrillo convencional

El cigarrillo electrónico debe regularse de manera tal que no debilite la política pública de control del tabaco, de acuerdo con los parámetros del Convenio Marco de Control del Tabaco (CMCT), la Ley 1335 de 2009 y las recomendaciones del Ministerio de Salud, tal como se definió el pasado 31 de mayo, día mundial sin tabaco, en la Comisión Séptima del Senado.

El pasado 31 de mayo se aprobó, en tercer debate del Senado, el proyecto de Ley 130 de 2015 para regular la comercialización del cigarrillo electrónico, con el que se definió que estos nuevos dispositivos deben ser regulados bajo los parámetros de la Ley 1335 de 2009 o del control del tabaco.

 Esta postura fue defendida desde el Ministerio de Protección Social por el ministro Alejandro Gaviria, presente en el debate, quien indicó que “la regulación del cigarrillo electrónico debe ser idéntica a la del tabaco”, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Además, varios senadores de la Comisión Séptima advirtieron su preocupación por el intenso interés de la industria del tabaco en el trámite del proyecto y por la incompatibilidad existente entre éste y la protección de la salud pública.

 El proyecto original fue presentado por el senador Mauricio Lizcano y en su paso por la Cámara de Representantes adoptó un régimen de regulación especial e incompleta, contrario a las recomendaciones de la OMS, que de ser aprobado debilitaría gravemente la política pública existente.

En el trámite del proyecto, la Veeduría Ciudadana Control Tabaco ha reiterado la importancia de respetar íntegramente el marco jurídico del control del tabaco existente en Colombia y las recomendaciones de regulación de estos dispositivos realizadas por la OMS. Además, la Veeduría también ha advertido sobre el preocupante interés de la industria del tabaco en este proyecto y sobre el riesgo que su interferencia supone para el debilitamiento de la protección del derecho a la salud

 Así las cosas, el proyecto aprobado por la Comisión Séptima del Senado supera las deficiencias regulatorias del proyecto original de Lizcano y de la versión aprobada por la Cámara, pues establece que los cigarrillos electrónicos no podrían ser usados en los mismos espacios donde ya está prohibido el cigarrillo tradicional, no podrían ser publicitados ni

promocionados en medios masivos ni públicos y no podrían patrocinar eventos o actividades, entre otras restricciones. Lo más importante es que el E-cigarrillo se podría regular con base en los postulados de la OMS y del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT), primer tratado internacional en salud pública y del cual Colombia es parte.

 Para la Veeduría Control Tabaco, representante de las organizaciones de la sociedad civil que buscan la implementación del CMCT, el resultado del tercer debate de la Comisión Séptima es la postura que debería prevalecer sobre la propuesta aprobada en la Cámara, pues es la más garantista del derecho la salud y de las recomendaciones de la OMS.

Para tener mayor información puede comunicarse al correo electrónico toscanovillan@gmail.com o al número celular 304 481 1023.

 

 

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